martes, 7 de junio de 2016

RESOLUCIÓN ACTIVIDADES PLAN GARANTÍA JUVENIL


Preámbulo 

La lucha contra el paro a nivel comunitario, estatal y regional se ha constituido en uno de los grandes retos institucionales de nuestros días. En Castilla-La Mancha el grupo socialmente más preocupante en este sentido sería el de los jóvenes menores de 30 años que carecen de estudios básicos o de Bachillerato y Formación Profesional. 

Estos jóvenes conforman el grupo social más vulnerable por la falta de cualificación profesional debido al abandono de los estudios sin las titulaciones más elementales. 

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene como finalidad principal que el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación y que sean mayores de 16 años y menores de 30, puedan recibir una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodo de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. 

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como viene haciendo desde 2014, curso a curso, pretende diseñar una oferta de actividades formativas en centros públicos, a disposición de los beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil, en las líneas fijadas por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (Programas de Segunda Oportunidad y de Impulso de la F.P. Dual desde el Sistema Educativo) y en desarrollo de los planes estratégicos de empleo impulsados desde la Administración regional. 

El Fondo Social Europeo cofinancia las presentes acciones contribuyendo a la prioridades de la Unión en materia de cohesión económica, social y territorial a través de la mejora de las oportunidades de empleo, la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza, la promoción de la educación, la adquisición de capacidades y el aprendizaje permanente, y la puesta en marcha de políticas de inclusión activas, sostenibles y exhaustivas. 

La presente acción será objeto de cofinanciación mediante Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 en un porcentaje máximo del 91,89 % sobre los costes totales de la misma Es por ello que, considerando que la implantación de actividades formativas asociadas al Plan de Garantía Juvenil puede ser también una fórmula adecuada para enriquecer la oferta educativa de los centros públicos y de acercarla más aún a la realidad social, la Dirección General de Programas Atención a la Diversidad y Formación Profesional abre la posibilidad, a aquellos centros públicos que lo crean oportuno, de solicitar autorización para implantar en el curso escolar 2016/2017, alguna de las enseñanzas que luego se indican. 

Por todo ello resuelvo: 

Primero. Centros públicos a los que se dirige

Institutos de Educación Secundaria, Escuelas de Arte, Centros y Aulas públicos de educación de personas adultas y Escuelas Oficiales de Idiomas de Castilla-La Mancha. 

Segundo. Actividades formativas a las que se refiere la posibilidad de autorización

En todos los casos se trataría de actividades dirigidas y organizadas específicamente para beneficiarios del Plan Nacional de Garantía Juvenil.

Institutos de Educación Secundaria: 
  • Cursos preparatorios de las pruebas libres para la obtención del título de Bachillerato: Presenciales, duración ocho meses. Especialmente aconsejable para alumnos mayores de 20 años que hayan abandonado el sistema con algunas asignaturas pendientes de Bachillerato (2º de Bto.). 
  • Cursos sobre Cualificaciones Profesionales Completas o Módulos vinculados a títulos de F.P. Básica: Presenciales para alumnos mayores de 16 años. Duración entre cuatro y siete meses, con posibilidad de organizar fase de prácticas formativas en empresa. En oferta modular sin necesidad de cumplir requisitos académicos de acceso. Preferiblemente referidos a títulos ya autorizados en los centros. 
  • Cursos sobre Cualificaciones Profesionales Completas o Módulos vinculados a títulos de Grado Medio: Presenciales para alumnos mayores de 18 años. Duración entre cuatro y siete meses, con posibilidad de organizar fase de prácticas formativas en empresa. En oferta modular sin necesidad de cumplir requisitos académicos de acceso. Preferiblemente referidos a títulos ya autorizados en los centros. 
  • Cursos sobre Cualificaciones Profesionales Completas o Módulos vinculados a títulos de Grado Superior: Presenciales para alumnos mayores de 19 años. Duración entre cuatro y siete meses, con posibilidad de organizar fase de prácticas formativas en empresa. En oferta modular sin necesidad de cumplir requisitos académicos de acceso. Preferiblemente referidos a títulos ya autorizados en los centros. 
  • Cursos de perfeccionamiento para Técnicos o Técnicos Superiores: Se plantearán en forma de curso de profundización/superespecialización que versara sobre aspectos complementarios a los contenidos que forman parte de los títulos regulados. De duración variable según proyecto. Su objetivo principal es el de mejorar la empleabilidad de los participantes ya titulados. Obedecerán a dos modalidades: 
    • a. Módulo/s de otros títulos o familias profesionales: se plantean como formación complementaria. Se impartirían módulos regulados en otros títulos distintos a los de acceso, bien de la misma o de distinta familia profesional. 
    • b. Curso monográfico de especialización: se plantean como formación muy específica no regulada (cualificación no recogida como tal en el Catálogo Nacional). Se involucra a empresa/s o profesionales con interés en personal con esa cualificación específica o con personal especializado que pueda impartir formación (programación del curso conjunta centro-empresa). 
Escuelas de Arte:
  • Cursos sobre Cualificaciones Profesionales Completas o Módulos vinculados a títulos de Grado Medio: Presenciales para alumnos mayores de 18 años. Duración entre cuatro y siete meses, con posibilidad de organizar fase de prácticas formativas en empresa. En oferta modular sin necesidad de cumplir requisitos académicos de acceso. Preferiblemente referidos a títulos ya autorizados en los centros. 
  • Cursos sobre Cualificaciones Profesionales Completas o Módulos vinculados a títulos de Grado Superior: Presenciales para alumnos mayores de 19 años. Duración entre cuatro y siete meses, con posibilidad de organizar fase de prácticas formativas en empresa. En oferta modular sin necesidad de cumplir requisitos académicos de acceso. Preferiblemente referidos a títulos ya autorizados en los centros. 
  • Cursos de perfeccionamiento para Técnicos o Técnicos Superiores: Se plantearán en forma de curso de profundización/superespecialización que versará sobre aspectos complementarios a los contenidos que forman parte de los títulos regulados. De duración variable según proyecto. Su objetivo principal es el de mejorar la empleabilidad de los participantes ya titulados. Obedecerán a dos modalidades: 
    • a. Módulo/s de otros títulos o familias profesionales: se plantean como formación complementaria. Se impartirían módulos regulados en otros títulos distintos a los de acceso, bien de la misma o de distinta familia profesional. 
    • b. Curso monográfico de especialización: se plantean como formación muy específica no regulada (cualificación no recogida como tal en el Catálogo Nacional). Sería altamente positivo involucrar a empresa/s o profesionales con interés en trabajadores con esa cualificación específica o con personal especializado que pueda impartir formación (programación del curso conjunta centroempresa).


Centros y Aulas Públicas de educación de personas adultas: 
  • Cursos preparatorios de la prueba libre para la obtención del título de GESO: Presencial. Duración aproximada de siete u ocho meses. Aconsejable para alumnos sólo con pocas materias suspensas o con algún ámbito pendiente que siendo beneficiarios del Plan Nacional de Garantía Juvenil deseen acceder a las ayudas formativas relacionadas con dicho Plan. 
  • Cursos preparatorios para la acreditación de Competencias Clave: presencial. Duración según proyecto. En grupos específicos de G.J.. Cursos preparatorios de las pruebas de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior: Presencial para materias comunes y específicas. Duración aproximada de siete meses. En grupos específicos de G.J.. Posibilidad de aplicar exenciones contempladas en la normativa reguladora. 
  • Cursos sobre Cualificaciones Profesionales Completas o Módulos vinculados a títulos de Grado Medio: Presenciales para alumnos mayores de 18 años. Duración entre cuatro y siete meses, con posibilidad de organizar fase de prácticas formativas en empresa. En oferta modular sin necesidad de cumplir requisitos académicos de acceso. Preferiblemente referidos a títulos ya autorizados en los centros. 
  • Cursos sobre Cualificaciones Profesionales Completas o Módulos vinculados a títulos de Grado Superior: Presenciales para alumnos mayores de 19 años. Duración entre cuatro y siete meses, con posibilidad de organizar fase de prácticas formativas en empresa. En oferta modular sin necesidad de cumplir requisitos académicos de acceso. Preferiblemente referidos a títulos ya autorizados en los centros. 

Escuelas Oficiales de Idiomas:
  • Cursos preparatorios específicos para beneficiarios de G.J., para la obtención de los distintos niveles: Cursos específicos de idioma extranjero a nivel profesional: 

Tercero. Procedimiento para solicitar autorización:

Solicitud y Proyecto

Los centros que muestren interés por la implantación de una o varias de estas actuaciones formativas en el curso 2016/2017, cursarán solicitud expresa ante la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional, acompañándola de un breve proyecto que recoja: 
  • Breve justificación de la solicitud: conveniencia de la implantación solicitada. 
  • Estudio preliminar por parte del centro: cada centro debe estudiar y justificar si es viable la implantación de la actividad por la que esté interesado: horario, calendario, instalaciones, equipamiento,… No es preciso contar con cupo de profesorado previo a la autorización. Una vez conseguida dicha autorización, la Administración educativa facilitará al centro los recursos de profesorado necesarios para el desarrollo de la actividad. 
  • Estructura de la actividad: en especial la distribución semanal de horas por materias. 
    • En el caso de Cualificaciones Profesionales Completas o módulos vinculados a Ciclos de F.P. Básica, de Grado Medio o de Grado Superior, debe tenerse especial cuidado en comprobar su ajuste a lo regulado para ellos en la correspondiente normativa del Sistema Educativo, tanto a nivel ministerial como regional. Se valorará positivamente su relación con Ciclos ya en funcionamiento o, al menos, autorizados aunque no estén activos durante este curso escolar. 
    • La duración oficial del módulo o módulos no debe exceder del marco genérico establecido para el curso escolar, excepto en lo que afecta a la fase de prácticas formativas que puede prolongarse a lo largo del último cuatrimestre del año en el que finalice la actividad formativa con la que estén relacionadas. 
  • Alumnado: Este dato es imprescindible como aval de cualquier solicitud. El centro interesado deberá presentar relación de al menos 15 alumnos preinscritos en la actividad, que cumplan los requisitos de la Garantía Juvenil y estén registrados en el Sistema Nacional o se comprometan a tramitar su solicitud de inscripción a través del centro, con anterioridad a la fecha oficial de inicio de la actividad formativa. 
  • Compromisos por parte del centro: además de las que se exijan en la normativa vigente que regule las distintas enseñanzas y las recogidas en las correspondientes órdenes de organización y funcionamiento de los centros, de manera concreta el centro solicitante expresará los siguientes compromisos: A colaborar en las tareas de inscripción obligatoria en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (aplicación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social) del alumnado que lo precise.


Así mismo, se compromete a informar y orientar a los jóvenes participantes de las posibilidades de acceso a incentivos, de empleabilidad o de continuidad en su proceso formativo. 

Se compromete, una vez finalizada la actuación formativa, a cumplimentar los indicadores de resultados inmediatos planteados por el Fondo Social Europeo. 

Al tratarse de acciones objeto de cofinanciación mediante Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, el centro asume junto a la Administración educativa la obligación de hacer llegar al público información sobre las operaciones financiadas, así como dar a conocer a los ciudadanos de la UE el papel y logros de la política de cohesión y del FSE. 

El Fondo Social Europeo cofinancia la presente acción contribuyendo a las prioridades de la Unión en materia de cohesión económica, social y territorial a través de la mejora de las oportunidades de empleo, la promoción de la inclusión social, y la lucha contra la pobreza, la promoción de la educación, la adquisición de capacidades y el aprendizaje permanente, y la puesta en marcha de políticas de inclusión activas, sostenibles y exhaustivas. 

La presente acción será objeto de cofinanciación prioritariamente a través del Eje Prioritario 5 “Integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes que no se encuentran empleadas, ni participan en los sistemas de educación ni formación, en particular en el contexto de la Garantía Juvenil – IEJ/FSE” del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014/2020 en un porcentaje máximo del 91,89% sobre los costes totales de la misma.

A los efectos anteriores será de obligado cumplimiento el apartado 2.2 del Anexo XII de Información y Comunicación sobre el apoyo procedente de los fondos del Reglamento (UE) 1303/2013, relativo a las obligaciones de los beneficiaros. En este sentido, todas las medidas de información y comunicación que lleven a cabo la Administración y los centros, deberán incluir el emblema de la Unión Europea y la referencia del FSE, de conformidad con las características técnicas descritas en el capítulo II del Reglamento de Ejecución (UE) 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014. Este emblema puede ser descargado de la página Web de los Fondos Estructurales de Castilla-La Mancha: 

http://pagina.jccm.es/fondosestructurales/inicio/informacion-y-publicidad/manualde-informacion-y-publicidad/ logotipo-fse/”. 

Además, los responsables de los centros autorizados se asegurarán de que las partes que intervienen en las actividades formativas han sido informadas de dicha financiación, según lo dispuesto en el apartado 2.2.2 del Anexo XII del Reglamento (UE) 1303/2013. 

La participación en las acciones de formación/empleo concedidas al amparo de esta Convocatoria supone la aceptación a ser incluido en la lista de operaciones que se recoge en el apartado 3.2 del anexo XII del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013”. 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2013, y sin perjuicio de las normas aplicables a las ayudas estatales con arreglo al artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, todos los documentos justificativos relacionados con gastos apoyados por los Fondos sobre las operaciones cuyo gasto total subvencionable sea inferior a 1.000.000 euros, se deberán mantener a disposición de la Comisión y del Tribunal de Cuentas hasta tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación. 

En el caso de las operaciones no contempladas en el párrafo anterior, todos los documentos justificativos estarán disponibles durante un plazo de dos años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos definitivos de la operación concluida. 

La participación en las acciones concedidas al amparo de esta convocatoria conlleva la obligación de mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado, en relación con las transacciones relacionadas con la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 apartado 4 letra b del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.

Cuarto. Plazo y presentación de solicitudes

Tanto la Solicitud expresa, como el breve Proyecto de acompañamiento, serán dirigidos, en formato papel, por correo ordinario, a la Sra. Directora General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Bulevar del Río Alberche s/n. 45071. Toledo, desde el 13 de junio hasta el 13 de septiembre de 2016. 

Para agilizar los trámites, es conveniente remitir también la Solicitud y el Proyecto en formato digital a través de correo electrónico dirigido a garantiajuvenil.edu@jccm.es. Quinto. Autorización e implantación: 

Concluido el plazo fijado, la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y F.P. procederá a valorar las solicitudes presentadas conforme a los criterios antes referidos y a comunicar a los centros las decisiones de autorización. Paralelamente se trasladará dicha información a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación con el fin de proceder a la publicación en el DOCM y en el Portal de Educación de la resolución correspondiente. 

Así mismo, desde la Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional se harán las gestiones oportunas con la Dirección General de Recursos Humanos para la adjudicación del profesorado, se notificará a Delphos y se remitirá a los centros afectados las instrucciones necesarias para la gestión académica, administrativa y económica de estas actuaciones. 

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Toledo, 13 de mayo de 2016

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